[Podcast Episodio 1] Toxic- Free: La quimiofobia como estrategia de venta.

¡Sorpresa! Y de las buenas.

Después de darle muchas vueltas, grabar 5 veces el mismo episodio con varias modificaciones y escuchar la biblioteca de música gratis de Youtube en bucle, he conseguido grabar mi primer Podcast. Pero no te preocupes, por que si eres de los que prefiere el contenido escrito, tendrás la transcripción del Podcast con información extra en el Blog. Por si en el futuro solo quieres volver a leer un fragmento determinado.

En este primer episodio hablamos de un tema que nunca he tratado en el blog, pero si en redes sociales: la quimiofobia.

 Una tendencia de la que se están aprovechando más de uno.

 

El origen de crear este episodio sobre la quimiofobia surgió ni más ni menos que uno de los mensajes que recibí en mi muro personal de Facebook, donde se preguntaba qué productos para el cuidado personal de los más pequeños recomendaban que estuviesen libres de tóxicos.  Según leía los comentarios, me daba cuenta de cuánto queda por desmentir y que la propaganda del libre de tóxicos solo genera tres cosas en los consumidores: desconfianza, desinformación,  pero sobre todo miedo.

Al final solo se hablaba de productos químicos descifrados por aplicaciones tan horribles como Ingred, donde más que informar, des-informan.

Antes de comenzar el post, te dejo el link al Podcast, por si prefieres escucharlo en vez de leerlo.

Quimiofobia: el miedo a lo desconocido

El termino quimiofobia no lo encontrarás en la RAE pero en pocas palabras lo podríamos definir como el miedo irracional a todo aquello que suene a química, o mejor, a desconocido y ,por extensión,  aquello que no entendemos.

Aunque los nombres de los ingredientes o compuestos químicos pueden parecer extraños a simple vista esta nomenclatura se adopta como lenguaje e idioma universal. Durante la carrera de química y luego en la industria química se emplea la nomenclatura que dicta la IUPAC, que es la unión internacional de química pura y aplicada. Mientras que en cosmética

En el caso de la cosmética, la lista de ingredientes se rige por la nomenclatura INCI, que estandariza y normaliza los nombres de los ingredientes y compuestos químicos cuya nomenclatura ha sido elaborado por COLIPA, la federación europea de la industria de los perfumes, cosméticos y productos de cuidado personal.

Muchas veces la base de esta quimiofobia se debe a la comparativa que se realiza actualmente entre un ultraprocesado (industria alimentaria) y un cosmético. La gran diferencia está en que un champú tiene, por ley y normativa de la Unión Europea, cantidades y límites permitidos para usar como en el caso de los conservantes, mientras que en una palmera de azúcar, no hay un limite máximo de azúcar permitido. Aunque no estaría nada mal.

Quimiofobia como estrategia de venta

El “libre de tóxicos”, toxic free, sin químicos, no nasties, libre de, o la etiqueta famosa del  sin “parabenos o sin sulfatos” se ha convertido en unos de los lemas de muchas empresas. Y aquí es donde está el problema. En convertir la quimiofobia en el lema de venta de una empresa.

Al final, estamos vendiendo un producto por lo que no tiene y no por lo que contiene.

La propia firma que comercializa este tipo de productos, distribuidores e influencers lanzan mensajes en ocasiones aterradores desde sus blogs y redes sociales. Parabenos, siliconas o sulfatos, suelen ser el tema central de estas afirmaciones, basadas en una nula o escasa evidencia científica.

Sin embargo, el problema no esta solo en usa la quimiofobia como estrategia de venta, si no realmente según los términos publicitarios y de comunicación, la estrategia que se emplea en este caso se conoce como  propaganda.  Que dista mucho de ser comparable con  publicidad al uso o estrategias de marketing.

La propaganda no solo el folleto de telepizza si no que es por definición: una herramienta que recurre al terror o amenaza con el objetivo de persuadir en influenciar al consumidor para que tome una decisión determinada.  Existen muchos casos en la historia que desgraciadamente son fruto de esta propaganda y que encuentras con una búsqueda rápida en google.

Aunque hablar de amenazas en el termino toxic free y cosmética es quizás exagerado, no debemos olvidar que se suele acompañar con una información sesgada: solo te cuentan lo que les beneficia para su negocio.

Esta tendencia del toxic free en ocasiones resulta hasta enfermiza. Lejos de solucionar un problema, se crea un entorno obsesivo en el consumidor. Un abuso de influencia que termina en un cambio de estilos de vida del consumidor, que no solo se obsesionan con los «tóxicos» en los cosméticos, si no con todo lo que les rodea: desde la limpieza del hogar, la ropa, pinturas muebles, alimentación (y no hablo de ultraprocesados, si no de hasta cocinar todo a baja temperatura, con los peligros que conlleva si no tienes la formación adecuada).

Regulación cosmética

Independientemente de los ingredientes que contengan los productos cosméticos, ya sea natural, bio, eco o convencional, todos se legislan igual, pasan los mismos ensayos microbiológicos, test de estabilidad o ensayos in vitro e in vivo para calcular el factor de protección solar en el caso de los fotoprotectores solares.

Los productos cosméticos están regulados bajo la normativa europea (EC) numero 1223/2009, que junto con sus anexos permiten que los laboratorios cosméticos puedan poner a la venta sus productos (son la chuleta que  permite conocer qué ingredientes y en que cantidad se pueden usar).

En los anexos tenemos:

-Anexo I: informe de seguridad.

-Anexo II: sustancias prohibidas: como por ejemplo el ftalato de dibutilo o el arsénico.

– Anexo III: sustancias prohibidas con excepciones.

-Anexo IV: colorantes permitidos.

-Anexo V: conservantes permitidos. Cantidades máximas y mezclas. Esto es interesante, ya que muchas veces nos alertan del uso de Carbopol con TEA/MEA por la posible formación de nitrosaminas. Lo cierto es, que esta prohibido que se usen en la misma fórmula cosmética.

-Anexo VI: filtros UV permitidos.

Aparte de la regulación Europea, en España se debe cumplir también la normativa bajo el  REAL DECRETO 85/2018, del 23 de febrero.

Cosmetovigilancia

Si hubiese algún problema con un producto cosmético como puede ocurrir con un producto alimentario, un producto sanitario o un juguete,  en el campo de la cosmética disponemos de un sistema que se conoce como CosmetovigilanciaEs un sistema de notificación de reacciones adversas, y desde tanto profesionales sanitarios (farmacéuticos o dermatólogos), usuarios, o el propio fabricante puede notificar problemas o efectos adversos. Tu mismo puedes generar una alerta rellenando el formulario disponible en página web de la AEMPS.

Evaluación de seguridad, permeabilidad cutánea y ensayos toxicológicos

Si el fabricante de un cosmético incluyese en sus productos cosméticos sustancias nocivas se estaría, no solo jugando el negocio, si no que para la persona responsable del producto cosmético supondría un riesgo. Así que es a los propios fabricantes a los que no les interesa incluir sustancias tóxicas en tus productos destinados al cuidado personal.

La definición de cosmético hace referencia a:  todas aquellas sustancias o mezclas destinadas a ser puestas en contacto con las partes superficiales del cuerpo humano, es decir la epidermis, el sistema piloso y capilar, las uñas, los labios y los órganos genitales externos, y también los que están en contacto con los dientes o las mucosas bucales. Sí, las pastas de dientes y algunos colutorios son productos cosméticos.

Su fin es: limpiar, perfumar, modificar su aspecto superficial, protegerlo y mantenerlo en buen estado.

Por tanto, son productos de bajo riesgo que tienen una baja o nula interacción a nivel sistémico por vía dérmica.

El estrato córneo tiene entre 15/20 capas de células muertas, y son células sin  núcleo, que no respiran ni viven. Hablar de hay ingredientes que taponan la piel, que absorben todo lo que les toca y que respira es bastante absurdo. Si esto fuese cierto, los seres humanos nos hubiésemos extinguido con una simple ducha o paseando en zonas con una elevada contaminación ambiental ¿Te imaginas lo que le pasaría a tus células y por extensión a tu organismo si absorbiese todo el agua cada vez que nos bañamos? Explotaríamos en la ducha.

Cuando se realiza un análisis de riesgo toxicológico se analizan los distintos escenarios en los que puede participar este ingrediente o el producto cosmético final, se identifican los peligros y  se cuantifica el riesgo. (Peligro: posible toxicidad cutánea ya sea la en forma de eritema o  irritación, absorción por vía dérmica o , por ejemplo, la fototoxicidad de un compuesto que va a ser expuesto a la luz ultravioleta).

Una vez identificado el peligro, se caracteriza y se cuantifica el RIESGO, que es donde se tiene en cuenta la exposición y la dosis a un ingrediente y/o producto cosmético.

Esta exposición tiene en cuenta el escenario entre el consumidor y el producto. Es decir, se tienen en cuenta factores como la frecuencia de uso, el peso del individuo, de ahí que un cosmético destinado a un adulto no pueda ser utilizado por un niño, o incluso el método de aplicación.

Un ejemplo serían los cosméticos en formato aerosol. En estos debemos considerar que su exposición no solo será a través de la vía dérmica, si no también a través de las vías respiratorias y, por tanto,  su posible riesgo por inhalación. Por eso, las nanopartículas de óxidos metálicos empleados en los protectores solares no puedan ser utilizadas en estos formatos.

Cuando se realizan un estudio de seguridad de un cosmético se evalúa su toxicidad por vía sistémica, con la que obtenemos la dosis de exposición sistémica (SED), y que hacen referencia a la concentración a la que un ingrediente alcanza la circulación sistémica. También se realizan ensayos de evaluación por dosis repetidas, es decir, se estudia donde se administra el producto cosmético ya sea por vía tópica o en las mucosas, de manera diaria durante un tiempo prolongado.

Existen ensayos que evalúan los cosméticos pasados los 28 o 90 días, o incluso tienen en cuenta tiempos prolongados de un año o más. Lo que permite calcular los niveles sin efecto adverso observable (NOAEL). Junto con todo esto, también tenemos que tener en cuenta  la permeabilidad cutánea de un ingrediente cosmético. Algo que no es tan simple como parece. Necesitamos: un tamaño molecular adecuado (tamaño menor de 500 Daltons, y  afinidad por el estrato córneo (lipófilo/hidrófilo).

Con esto, podemos cuantificar el margen de seguridad (MoS).

La concentración final calculada, es decir la que se permite en cosmética, esta por debajo del valor del NOAEL, lo que significa que el riesgo es mínimo.

Luego tendríamos lo que se conoce como el principio de precaución (impuesto por el tribunal de justicia europeo), que indica que deberán tomarse medidas preventivas en el caso de no tener información suficiente sobre la seguridad de un determinado ingrediente. Un claro ejemplo es el Bisfenol A (BPA), del que no hay datos suficientes en aplicaciones cosméticas sobre su seguridad y no se permite en EU.

Mitigación de los efectos adversos

Estos informes de seguridad evalúan el perfil  toxicológico y sus posibles efectos adversos. Pero ¿qué hacemos en el caso de que existan? Mitigarlos o incluso, reducirlos.

Sulfatos: Una mezcla de agua y SLS puede resultar demasiado irritante para la piel ¿qué se hace para eliminar y reducir estos efectos adversos? Se añaden otros ingredientes como co-surfactantes o ingredientes calmantes/emolientes que reducen su poder irritante, y podemos obtener una fórmula cosmética final apta para pieles sensibles.

Seguridad a nivel Europeo: Comités

Esta evaluación sobre la seguridad no solo se realiza a nivel interno, si no también de manera externa a través de órganos científicos independientes, que asesoran a la comisión europea.

Dentro del campo que nos interesa podemos consultar dos: el más conocido es el SCCS que hace referencia a la seguridad de los consumidores, y el SCENIHR, que evalúa los posibles riesgos de nuevas sustancias emergentes, como es el caso de los nanomateriales.

Estos comités están formados  por un equipo experto multidisciplinar. Algo muy relevante para aportar diferentes disciplinas, conocimientos y puntos de vista. Sus informes no hacen más que revisar la evidencia científica generada hasta el momento (estudios pre-clínicos y clínicos) y se obtienen conclusiones objetivas. Lo que conocemos como EVIDENCIA CIENTÍFICA. Que no es ni mas ni menos que un método de evaluación desde un punto de vista objetivo, haciendo uso del pensamiento crítico y sin sesgo, es decir, que las conclusiones finales no son dependientes de una emoción, o peor aún, un interés determinado.

Conclusión y reflexión final

Parece que ya tenemos claro que la regulación no es cosa de cualquiera, y sobre todo, existen mecanismos y técnicas que nos permiten evaluar la toxicidad, el peligro y los riesgos de cualquier ingrediente cosmético.

Después de todos estos datos me pregunto cómo hemos llegado a esta situación, en la que dudamos de organismos reguladores europeos y de todos los científicos que hay detrás. Desde el estudiante de doctorado que desarrolla nuevos materiales que usaremos dentro de 30 años, hasta el médico, toxicólogo, químico, farmacéutico y muchos más profesionales con más de 10 años de experiencia y que permiten que los consumidores y simples ciudadanos no tengan que preocuparse por esto.

Esta batalla frente al libre de tóxicos, a la desinformación pero sobre todo frente a esta estrategia de la propaganda solo me deja preguntas abiertas que quizás debamos empezar a plantearnos todos.

Por eso, te animo a que hagas un ejercicio más crítico, más objetivo y que busques fuentes fiables. En ocasiones, no son sencillas de encontrar, pero al menos, tu pensamiento e ideología no se basará en lo que te cuenta cualquiera, si no en tus propios juicios.

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Bibliografía

  1. Principios básicos en toxicología en relación a la evaluación de seguridad de productos cosméticos, Rosa Martinez Arrieta, AEMPS, 2013.
  2. Reglamento de productos cosméticos, Informe de seguridad, AEMPS, 2012. 
  3. Lista de Anexos CosIng, European Commision.
  4. DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 9 de febrero de 2006 que modifica la Decisión 96/335/CE, por la que se establece un inventario y una nomenclatura común de ingredientes empleados en los productos cosméticos. 
  5. Reglamento europeo productos cosméticos, (EC) 1223/ 2009.
  6. THE SCCP’S NOTES OF GUIDANCE FOR THE TESTING OF COSMETIC INGREDIENTS AND THEIR SAFETY EVALUATION. 2006.

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¡Hola, soy Raquel!

Doctora química con base en Alemania y autora del Blog. 

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